Matías Abogabir trabajo en el gobierno de Piñera sin tener conocimiento de los temas indígenas ni del derecho internacional sobre estas materias. De todas formas, apoyado por sectores del Partido Socialista y sus vínculos con cuestionados dirigentes indígenas, logró imponer un fraudulento proceso para establecer los mecanismos para realizar la Consulta indígena.
Santiago de Chile, 11 de agosto de 2014. (Radiodelmar.cl)– El abogado Matías Abogabir, conocido por hacer avanzar un fraudulento proceso de discusión para establecer la Consulta Indígena durante el derechista gobierno de Sebastían Piñera, fue contratado por la oficina chilena de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para realizar un estudio sobre Inversiones y Convenio 169 que las organizaciones de grandes empresarios de latinoamérica solicitaron a la OIT.
El análisis, que está en plena ejecución, surgió a raíz de la solicitud de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), instancia que en el caso chileno está integrada por la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), informa este lunes el Diario Financiero.
Según el rotativo chileno, especialista en temas económicos, “El objetivo es aclarar el marco normativo vigente para la implementación del convenio, así como determinar el flujograma del proceso de consulta previa, paso a paso, institución por institución, haciendo notar los tiempos transcurridos en cada etapa, así como identificar recomendaciones y sugerencias para lograr un proceso más inclusivo, más eficaz, eficiente y predecible”.
En la CPC están expectantes sobre el estudio, en particular respecto a la evolución tras la entrada del mecanismo de consulta, especialmente en lo relativo a la adecuación del convenio a “la realidad social del país y su contribución al desarrollo sostenible de la actividad empresarial y la materialización de los proyectos de inversión, cumpliendo el requisito de la certeza jurídica”, dide el Diario Financiero.
Una encuesta que Pwc divulgó en marzo y que aplicó a empresas mineras y de energía con proyectos en evaluación ambiental, estableció que el 91% de los consultados cree que el nuevo reglamento del SEIA –vigente desde diciembre de 2013- no basta para minimizar la judicialización de proyectos por conflictos con pueblos indígenas. El sondeo arrojó, además, que un 65% de las compañías no tiene un plan de acción para cumplir las disposiciones del Convenio 169.
El cuestionado asesor indígena
Matías Abogabir trabajo en el gobierno de Piñera sin tener conocimiento de los temas indígenas ni del derecho internacional sobre estas materias. De todas formas, apoyado por sectores del Partido Socialista y sus vínculos con cuestionados dirigentes indígenas, logró imponer un fraudulento proceso para establecer los mecanismos para realizar la Consulta indígena.
En este peculiar proceso de discusión se retiraron los representantes de los pueblos Rapa nui, Aymara, Quechua y Lickan Antai. Y de los que siguieron sentados en las discusiones pero desautorizados por las organizacinoes indígenas fueron personas Kawesqar y Mapuche que siguen arrogándose sin validez la representación de sus pueblos y continúan apoyados por partidos políticos.
Abogabir además fue denunciado de mantener conflictos de intereses pues mientras participaba en discusiones sobre temas eléctricos, especificamente sobre la Ley de Carretera Electrica, se mantenía como accionista de la multinacional ENDESA.
Además, fue uno de los que apoyó la Ley Longueira de privatización de los peces que despojó del acceso y uso de los recursos marinos a los pueblos indígenas.
Este es el artículo del Diario Financiero
OIT acoge petición de privados y encarga estudio regional para evaluar ajustes a aplicación del Convenio 169
En octubre deberían estar listas las propuestas, que apuntan a que el Convenio no sea una piedra de tope para la inversión.
Por AndrÉs Pozo B.
Una consultoría para analizar el efecto de la aplicación del Convenio 169 sobre los proyectos de inversión en Chile, Colombia, Costa Rica y Guatemala, encargó la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El análisis, que está en plena ejecución, surgió a raíz de la solicitud de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), instancia que en el caso chileno está integrada por la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC).
“El objetivo es aclarar el marco normativo vigente para la implementación del convenio, así como determinar el flujograma del proceso de consulta previa, paso a paso, institución por institución, haciendo notar los tiempos transcurridos en cada etapa, así como identificar recomendaciones y sugerencias para lograr un proceso más inclusivo, más eficaz, eficiente y predecible”, explicaron en la OIT.
En la industria comentan que la visión en torno al Convenio 169, que entre otras cosas establece la obligación de consulta a las comunidades originarias afectadas, tanto para proyectos productivos como actos administrativos del Estado y que desde 2008 en Chile tiene rango de ley, hasta ahora ha sido una piedra de tope para la inversión.
Por esta razón, estiman, es necesario que el organismo haga recomendaciones que mejoren la aplicación del Convenio.
En la CPC están expectantes sobre el estudio, en particular respecto a la evolución tras la entrada del mecanismo de consulta, especialmente en lo relativo a la adecuación del convenio a “la realidad social del país y su contribución al desarrollo sostenible de la actividad empresarial y la materialización de los proyectos de inversión, cumpliendo el requisito de la certeza jurídica”.
Una encuesta que Pwc divulgó en marzo y que aplicó a empresas mineras y de energía con proyectos en evaluación ambiental, estableció que el 91% de los consultados cree que el nuevo reglamento del SEIA –vigente desde diciembre de 2013- no basta para minimizar la judicialización de proyectos por conflictos con pueblos indígenas. El sondeo arrojó, además, que un 65% de las compañías no tiene un plan de acción para cumplir las disposiciones del Convenio 169.
Millonarias paralizaciones
Aunque en el último tiempo la paralización de proyectos por órdenes judiciales basadas en la no aplicación de la consulta indígena ha bajado, en 2012 hubo 12 iniciativas por más de US$ 13.000 millones que estuvieron en esta situación.
La más emblemática fue El Morro, mina de oro de GoldCorp, cuyo permiso ambiental fue anulado en 2012 por la justicia (que retrotrajo el proceso de evaluación) por no realizar la consulta. Tras realizar este procedimiento, el proyecto está nuevamente en tribunales, esta vez por el reclamo de algunas comunidades que la autoridad no consideró como parte del proceso. Firmas como Endesa (Neltume) o de Celco (MAPA), también están en esta situación.
La consultoría incluye la revisión del marco jurídico y técnico actual del Convenio 169, especialmente la implementación de la consulta. Además, se dimensionarán su impacto sobre las inversiones.
Todo lo anterior permitirá a la OIT -que fue la gestora de este convenio que sólo 22 países han ratificado- evacuar recomendaciones para los gobiernos y las empresas en torno a la mejor aplicación de la consulta indígena.
A nivel local el organismo internacional le encargó este trabajo a Matías Abogabir, ex jefe de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, y actual director ejecutivo de la consultora Local, dedicada al relacionamiento comunitario.
El resultado de esta medición se entregaría en octubre, en el marco de un encuentro al que la OIT convocará a representantes empresariales de todo el continente.
HISTORIA DE LA POLÉMICA NORMATIVA
En junio de 1989 la Conferencia General de la OIT adoptó el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
En Chile éste fue aprobado por el Congreso que le dio rango de ley y desde septiembre de 2009 forma parte de la legislación chilena.
La normativa establece la obligación de consulta, cuya aplicación comenzó bajo la forma del decreto 124, que fue derogado en 2013 cuando entró en vigencia el mecanismo actual de consulta, que tiene su aplicación en dos ámbitos. Los proyectos de inversión quedaron al alero del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y debe ser aplicada por el servicio del área a las comunidades que tienen alguna afectación. Para los actos administrativos del Estado, en tanto, se definió un reglamento y la consulta se realiza a un consejo de comunidades, cuya estructura está actualmente sometida a consulta por parte del gobierno.