Prontamente la Convención definirá qué pasará con el derecho al territorio y la restitución a los pueblos indígenas. Es por esto que los convencionales de escaños reservados se encuentran negociando esta materia con las otras fuerzas políticas, lo que podría significar una solución institucional al conflicto histórico que tiene el Estado chileno con las primeras naciones.
Por Camila Higuera – Fuente: interferencia.cl
Este jueves por la noche la Comisión de Derechos Fundamentales terminó de votar las más de 500 indicaciones a las propuestas de artículos constitucionales que fueron rechazados ya sea en general o particular en el Pleno realizado el 10 de marzo, y que volvieron a la Comisión para la elaboración del informe de reemplazo.
Entre las normas que no obtuvieron los 103 votos (⅔) aquel 10 de marzo se encuentran los artículos 21, que busca establecer el Derecho de propiedad de los pueblos y naciones indígenas y el 22, que quiere reconocer el despojo y el derecho a la restitución territorial. En la instancia de votación en general ante el Pleno, ambas normativas fueron devueltas a la Comisión, con 56 y 53 votos a favor, respectivamente.
El artículo 21 ya había sido ampliamente discutido tanto por los integrantes de la Comisión como por los 17 convencionales de escaños reservados en la previa a que fuera votado en el Pleno.
Al momento de elaborar la propuesta de norma, se notaban dos corrientes entre los convencionales de las primeras naciones. Estos se encuentran divididos políticamente desde hace varios meses por una escalada de tensiones internas que llegaron a su punto máximo cuando tenían que elaborar la propuesta de documento base, que sería utilizado para la consulta indígena.
La pugna por la consulta terminó por dividir a los 17 convencionales en dos sectores. Uno integrado por Tiare Aguilera (pueblo Rapa Nui), Felix Galleguillos (pueblo Lickanantay), Lidia González (pueblo Yagan), Fernando Tirado (pueblo Chango), Luis Jiménez e Isabella Mamani (ambos pueblos Aymara), Adolfo Millabur, Rosa Catrileo y Elisa Loncon (todas del pueblo Mapuche). El otro grupo es integrado por Eric Chinga (pueblo Diaguita), Wilfredo Bacián (pueblo Quechua), Margarita Vargas (pueblo Kawésqar), Isabel Godoy (pueblo Colla), Victorino Antilef, Alexis Caiguan, Natividad Llaquileo y la machi Francisca Linconao (todas del pueblo Mapuche), quienes son parte de la Coordinadora Plurinacional y Popular (CCPP).
Y tras meses de casi nulos diálogos entre ambos sectores, estos lograron llegar a un accidentado acuerdo en lo respectivo a derechos territoriales y la correspondiente restitución que se destrabó el jueves por la noche, minutos antes de la votación a las indicaciones que estaban por corregir el artículo 21.
Pero antes de la votación en el Pleno ya se podían apreciar diferencias no solo entre escaños, sino que entre los convencionales que integran la Comisión de Derechos Fundamentales, reflejando cierta reticencia respecto a la restitución. Por un lado, la propuesta que buscaba establecer una Comisión Plurinacional de Catastro, Demarcación y Titulación Territorial Indígena –y que había sido previamente aprobada en general por el espacio– fue eliminada luego de que el 25 de febrero se aprobara una indicación supresiva. Entonces, los convencionales de escaños reservados, CCPP, Chile Digno, MSC y Pueblo Constituyente votaron en contra de esta, mientras que convencionales de derecha, FA, Colectivo Socialista, Colectivo del Apruebo y Pueblo Constituyente votaron a favor.
Esa misma jornada de febrero, la Comisión también decidió suprimir el artículo que establecía el mecanismo de restitución territorial y los artículos transitorios que establecían plazos para concretar dichas restituciones. Si bien esto significó un duro golpe para los convencionales de primeras naciones, se aclaró entonces que al tratarse de un organismo autónomo el que velará por las restituciones, que a su vez debieran estar sujetas a disposiciones transitorias, aquellas propuestas serían remitidas a la Comisión de Sistemas de Justicia, espacio que tiene encomendada la tarea de redactar ambas cosas.
Al pasar las semanas, 16 de los 17 escaños reservados lograron llegar a la indicación 417 que fue de consenso, siendo el convencional Tirado el único que no habría estado de acuerdo con la propuesta. Esta manifestaba que “los pueblos y naciones indígenas tienen derecho colectivo a las tierras, territorios y recursos naturales que tradicionalmente han poseído, ocupado, utilizado o adquirido”, teniendo como límite los derechos de la naturaleza.
Además, establecía que los pueblos “tienen el derecho a la reparación integral de las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente hayan poseído o utilizado y que les hayan sido confiscados, tomados, ocupados, o que hubieren sido transferidos o dañados sin su voluntad” y que “la restitución constituye el mecanismo preferente de reparación que será considerado siempre de utilidad pública y social”.
Si bien las indicaciones presentadas al informe de la Comisión de Derechos Fundamentales no precisaba de firmas patrocinantes, la convencional Isabella Mamani dialogó con pares de otros colectivos políticos solicitando apoyo para otra iniciativa. En consecuencia, a pesar de que la indicación 417 era la que había sido pactada entre los escaños reservados, Mamani ingresó la 418 con patrocinios de Fernando Tirado, Lidia González y el de nueve convencionales del Colectivo Socialista, Frente Amplio, Independientes No Neutrales, Pueblo Constituyente y Movimientos Sociales Constituyentes.
Esta situación volvió a tensionar el ambiente, puesto que los convencionales pensaron que habían logrado encontrar un punto medio respecto a los derechos territoriales y una de las demandas históricas más fundamentales para los pueblos indígenas.
Según declaró el convencional Tirado a esta redacción, la creación de la indicación 418 surgió como una alternativa a las otras indicaciones que había sobre el tema, considerando que esta tendría el apoyo de los partidos políticos presentes en la Convención.
La propuesta de Mamani mencionaba que los pueblos “tienen derecho colectivo a las tierras y territorios indígenas”, dejando fuera los recursos naturales y agregaba que “las naciones indígenas tienen derecho a usar y administrar los territorios indígenas y recursos que tradicionalmente han utilizado u ocupado”, teniendo este derecho como límite, la función social y ecológica.
En ese sentido, la convencional Elisa Loncon manifestó que la norma 417 cumplía con los estándares internacionales en cuanto a los derechos colectivos a la tierra que tienen los pueblos indígenas y que a veces hay sectores que tienden a sucumbir ante las presiones externas.
¿Por qué es tan relevante para los pueblos indígenas la constitucionalización del derecho al territorio y a la restitución?
La importancia de la constitucionalización de una norma que reconozca aquellos derechos y siente las bases para la restitución de tierras ancestrales, radica en que esto podría convertirse en el inicio de una salida institucional y democrática al conflicto histórico que tiene el Estado chileno con el pueblo Mapuche en el Wallmapu y con las primeras naciones desde la colonización.
La deuda del Estado en esta materia se ha traducido en años de violencia contra los pueblos, particularmente con el pueblo Mapuche, con medidas como la militarización, estados de excepción, prisiones políticas y asesinatos por parte de agentes del Estado como carabineros y militares.
Desde el pueblo mapuche, la principal resistencia ha sido contra la actividad de las empresas hidroeléctricas y forestales que han depredado los territorios con los monocultivos de pinos y eucaliptos, ambas especies introducidas que acidifican los suelos, volviéndolos infértiles. Además, la propagación de estos árboles en el Wallmapu, ha alterado el ciclo natural del agua, provocando una sequía en una zona donde no hay escasez de lluvias, obligando a los habitantes de Arauco a abastecerse de agua mediante camiones aljibes.
Para la convencional Natividad Llanquileo, la relevancia de constitucionalizar los derechos al territorio y restitución parte porque “Chile es un país muy legalista y a pesar de que existen tratados como el Convenio 169, que lleva 14 años vigente en el país, este no se respeta, entonces hay derechos que no se han materializado”.
La convencional indica que, en perspectiva de la protección a los derechos de la naturaleza, los pueblos indígenas han sido quienes históricamente han cuidado la tierra y sus recursos naturales, puesto que “nosotros tenemos una conexión distinta que tiene nada que ver con el extractivismo, no tiene que ver con la sobreexplotación ni con la propiedad privada. Pero en nuestros territorios hay muchos intereses económicos, que están ocupados en su mayoría por empresas forestales y ahí es donde está el problema de fondo”, manifestó Llanquileo.
“Sin el territorio, sin la tierra y los recursos, nosotros simplemente dejamos de ser pueblo. Ya muchas veces nos han querido desaparecer, matándonos y ocupando nuestros territorios”, puntualizó la convencional a esta redacción.
En esa línea, Llanquileo manifiesta que “nosotros vemos en este proceso constituyente una oportunidad para dar respuesta a esta demanda que no es de ahora, sino que a una lucha que ha dado históricamente el pueblo mapuche y que se ha respondido por parte del Estado con violencia, represión, militarización, muerte y con vulneración de derechos de las mujeres, niños, niñas y ancianas”.
Humo blanco
El jueves en la tarde, poco antes de llegar a la votación del artículo 21 y sus indicaciones, se logró destrabar la discusión y acordar una nueva salida. Esta consistió en elaborar una “indicación amistosa” que reemplazó la indicación 415 que había sido presentada por los convencionales Roberto Celedón (Chile Digno) y Elsa Labraña (CCPP). Para poder presentar esa indicación amistosa, ambos autores debían estar de acuerdo con que se modificara la propuesta, y luego la admisibilidad de esta debía ser aprobada con ⅔ de los convencionales presentes en la sesión.
La admisibilidad de la indicación amistosa fue aprobada con 24 votos a favor, no sin antes escuchar los argumentos en contra de los convencionales Bárbara Rebolledo y Manuel José Ossandon, ambos de Independientes RN-Evópoli, quienes se opusieron en todo momento a la indicación amistosa. En consecuencia, ambos junto a otros convencionales de derecha que son parte de la Comisión se negaron a votar cualquiera de las indicaciones respectivas al derecho de propiedad indígena.
Según indicaron fuentes de la convención, la indicación amistosa fue redactada por el abogado y académico mapuche Salvador Millaeo, quien fue parte del Comité Externo de Asignaciones de la Convención, órgano al cual renunció los primeros días de enero indicando una sobrecarga laboral. Millaleo ha sido sindicado como uno de los nombres que el gobierno está reclutando para el diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas. El abogado ha sido visto en reuniones con la ministra del Interior Izkia Siches, y esta semana, en los días que se estaba negociando cómo resolver la discusión de la norma, se le vio en los patios del ex Congreso.
Alcanzado el consenso entre los escaños y el resto de las fuerzas políticas, la indicación amistosa fue ingresada a la Comisión con los patrocinios de la machi Linconao, González, Mamani y Tirado y al momento de ser sometida a votación, esta fue aprobada con 25 votos a favor, ninguno en contra y una abstención.
De esta forma, el artículo 21 que se presentará al Pleno en el informe de reemplazo de normas rechazadas en general indica que “el Estado reconoce y garantiza la propiedad y posesión de las tierras indígenas, garantizando su demarcación y titulación. Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a usar y administrar los territorios indígenas y recursos naturales que tradicionalmente han utilizado u ocupado, en conformidad con la ley”.
También contiene lo que establecía la inicial indicación de consenso respecto a que los pueblos tienen derecho a la reparación de los territorios y recursos que les fueron despojados o dañados sin consentimiento y que la restitución será el mecanismo preferente de reparación.
La norma finaliza indicando que “el ejercicio de los anteriores derechos tendrá como límites los derechos de la naturaleza y la función ecológica de la propiedad”.
Respecto al límite de este derecho por la función ecológica –que estaba incluida en la indicación de Mamani junto a la función social– el convencional Luis Jiménez manifiesta que esta no debiera estar contenida en el articulado, puesto que eventualmente podría convertirse en la letra chica con la cual el Estado podría explotar los territorios.
Esto, debido a que, por la función ecológica, el Estado podría ignorar el derecho de las comunidades indígenas de administrar sus territorios y recursos naturales con el argumento de querer construir un parque eólico o parque solar, que generan energía “limpia” a pesar de afectar considerablemente la flora y fauna nativa.
Lo mismo podría ocurrir con la función social, puesto que una central hidroeléctrica que abastecería al país de energía también se podría sustentar en la función social de su existencia, al plantearlo como proyectos con perspectiva de un bien común para el país.
“Es super necesario aclarar que acá no se va a terminar con las ciudades. Esto no tiene que ver con quitarles el terreno a la gente pobre o al pequeño propietario, porque nuestra lucha nunca ha sido contra ellos. Sino que tiene que ver con terminar precisamente con lo que demanda esta constitución y con lo que se acaba de aprobar con los derechos de la naturaleza, que es defender los territorios de todo el extractivismo”, finalizó la convencional Natividad Llanquileo.
Según indicó Jiménez, la estrategia de los convencionales sería que el artículo 21 sea rechazado en el Pleno cuando sea votado en particular, pero logrando más de la mayoría simple de aprobación para que la norma vuelva a la Comisión y pueda ser perfeccionada, según los acuerdos a los que vayan llegando estos días entre convencionales de escaños y los colectivos políticos.