Más de 22 mil hectáreas de bosque nativo fueron taladas desde 2008 a la fecha bajo este instrumento para ser reemplazadas por cultivos agrícolas destinados en su mayoría a exportación. Flavia Liberona, directora ejecutiva de Fundación Terram, señala que “el dictamen de Contraloria nos permite tener certeza de que estas autorizaciones de corta son ilegales”.
1 de abril de 2020
Fuente: terram.cl
El pasado 16 de marzo, la Contraloría General de la República emitió un dictamen declarando la ilegalidad de los planes de manejo de tala de bosque nativo con fines agrícolas, aprobados por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) desde el año 2008 a la actualidad, los cuales han permitido el reemplazo de más de 22 mil hectáreas de bosque nativo por cultivos agrícolas destinados principalmente a la exportación, sin que se haya reforestado ni un solo árbol, según datos entregados por el propio organismo.
El pronunciamiento, señala que “resulta incompatible autorizar un plan de manejo de corta de bosque nativo para recuperar terrenos con fines agrícolas, por cuanto dicho permiso no cumpliría con el objeto de proteger, recuperar y mejorar el bosque nativo para asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental”, como lo establece la Ley Nº 20.283, agregando que “CONAF deberá adoptar las medidas que correspondan para dar cumplimiento a lo concluido en el presente pronunciamiento”.
Sobre esta materia, el año 2019 se conformó dentro de la Cámara de Diputados una Comisión Especial Investigadora relativa a los actos de CONAF y otros órganos del Estado con relación a distintas irregularidades en los procedimientos de aprobación de estos planes de manejo, en cuyo informe final concluyó que dicha práctica “puede ser otra de las causas de la deforestación, desertificación y erosión de los suelos que afecta a nuestro país, y que avanza perceptiblemente desde la Región de Coquimbo al sur”. A pesar de ello, la Comisión rechazó presentar una moción parlamentaria para prohibir dichos planes de manejo mientras no se realizarán modificaciones a la legislación forestal.
Tras ello, fue la propia Cámara de Diputados la que rechazó extender el plazo de la comisión para investigar, con mayor profundidad, cada uno de los planes de manejo de recuperación de terrenos para fines agrícolas entre las regiones de Coquimbo y Araucanía, como también la normativa que regula los bosques.
Producto de ello, y antes de terminar el año, la diputada Alejandra Sepúlveda -quien encabezó la Comisión Especial Investigadora- y la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN), presentaron un requerimiento a la Contraloría General de la República para que ésta se pronunciara sobre la legalidad de estos planes de manejo, debido a que, desde la vigencia de la Ley N° 20.283, el aludido permiso excedería el marco jurídico de las potestades de Conaf, en atención a que en dicho texto legal no se autoriza la sustitución del bosque nativo por cultivos agrícolas, bajo el amparo del Decreto Ley Nº 701 de 1974.
Para Fernanda Miranda, geógrafa de Fundación Terram, “seguir otorgando este tipo de permisos solo profundiza la degradación de los ecosistemas, en especial de la zona mediterránea, afectando no solo a la cubierta forestal sino también a los suelos, la hidrología, el clima y también a la capacidad natural de recuperación de este tipo de vegetación, que ya está siendo muy afectada por la sequía y las olas de calor. Al mismo tiempo, la aplicación de este tipo de planes de manejo en la zona central contribuye a aumentar las hectáreas regadas en territorios que ya experimentan un severo estrés hídrico, y que tiene además gravemente comprometido el agua para consumo humano, las actividades económicas de subsistencia, y la conservación de los ecosistemas”.
Por su parte, Flavia Liberona, directora ejecutiva de Fundación Terram, afirma que “es urgente revisar el marco normativo en que se amparan los planes de manejo para fines agrícolas u otros, pues a todas luces CONAF ha estado excediendo sus potestades. Además, hay que tener presente que los proyectos de cultivos agrícolas no son evaluados ambientalmente bajo la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente”.
REVISA EL DICTAMEN DE CONTRALORÍA ACÁ: CGR ilegalidad planes de manejo de bosque nativo