Este viernes 4 de enero de 2019, representantes de comuidades Pewenche del Lago Icalma, Comuna de Lonquimay, presentaron un recurso de protección, en la Corte de Apelaciones de Temuco, contra el Ministerio de Obras Públicas -MOP- por lo que consideran la conculcación arbitraria e ilegal del derecho a consulta indígena que les corresponde a las comunidades del territorio Icalma.
Se trata de la construcción de Borde Costero en Lago Icalma impulsado por Municipalidad y Ministerio de Obras públicas en el marco del plan Impulso Araucanía del gobierno del Pdte. Sebastián Piñera.
Los elementos de la denuncia presentada incluyen la conculcación derecho a consulta indígena unilateral por parte del MOP, el uso malicioso de Listas de asistencia por parte de las autoridades para justificar la decisión de denegación del derecho a consulta,licitación para construcción de proyecto de desarrollo turístico en zona de alta concentración indígena sin plan regulador, sin estudio de impacto ambiental y sin consulta alguna a los afectados.
También reclaman las comunidades aledañas al Lago Icalma que la implementación de este proyecto implicará la destrucción del modo de vida tradicional, sistema de salud y sistema sociocultural de las comunidades afectando gravemente a machis del territorio.
El día 7 de Diciembre de 2018 el Alcalde de la comuna de Lonquimay, Sr. Nibaldo Alegría, notifica a las comunidades, Lonkos y Machis del Territorio Icalma del pronto inicio de obras del proyecto “Mejoramiento Borde Costero Lago Icalma”.
En dicha reunión, se hace entrega por primera vez de la documentación del proyecto, la cual incluye una serie de actas de reuniones y/o salidas a terrenos de funcionarios de la Dirección de Obras Portuarias, que en ningún caso involucró o convocó a todas las comunidades Mapuche y mucho menos considero a sus autoridades tradicionales.
La reacción de las comunidades.
El día 12 de diciembre de 2018 se designa un vocero que hace entrega de una carta al ministro de obras públicas, a fin de que explicase las razones -hasta ese entonces desconocidas- por las cuales el ministerio decidió de forma unilateral, arbitraria e ilegal, no consultar a las autoridades mapuche, carta que continúa sin respuesta.
Posteriormente con fecha 18 de diciembre de 2018, se realizó una segunda reunión, a la que asistió Felipe Retamal Gonzalez, Walter Manriquez Fernández y Claudio Sandoval -todos funcionarios del Ministerio de Obras Públicas-, donde hicieron entrega de la resolución DGOP exenta Nº4444 de Dirección de Obras Portuarias, del ministerio de obras públicas, fechada el día 17 de noviembre de 2014, a las comunidades, la cual resolvió que no procede la aplicación de Consulta Indígena. Con esta decisión, se conculca el derecho de consulta, que le otorga el convenio 169 de la O.I.T. al pueblo Mapuche sobre el desarrollo de proyectos que intervengan su territorio cultural.
Por Pável Guíñez Nahuelñir, publicado en SICNoticias.