31/05/2018
La Corte Suprema de Chile acogió de forma unánime, el recurso de amparo de carácter preventivo a favor de cuatro niños y niñas mapuche de 12 a 14 años, desnudados por Carabineros de Chile en Ercilla, las victimas provienen de la Comunidad mapuche Huañaco Millao.
El hecho sucedió el pasado 2 de marzo, cuando los jóvenes regresaban a su casa y fueron interceptados por personal de carabineros de Chile quienes realizaron un control de identidad, en que los interrogaron y obligaron a desnudarse.
Cabe recordar que la Corte De Apelaciones de Temuco, rechazó el recurso legal, por lo tanto familias y la defensa apeló a la Corte Suprema, quien acogió el amparo preventivo.
Una serie de medidas ordenó la Corte Suprema frente al carácter arbitrario de Carabineros de Chile al realizar el control de detención a los evidentes menores de edad. Entre ellas, que constituyen una vulneración a la libertad personal y seguridad individual de los amparados,debido a la forma en que se les detuvo vulnerando sus derechos.
Por su parte la resolución estableció que Carabineros de Chile debe actuar frente a los protocolos de detención, conforme a la ley, a los derechos del niño y a los tratados internacionales firmados por Chile. En particular a los derechos del niño para informar las medidas que adopten el cumplimiento de estas normativas.
Finalmente Carabineros deberá realizar un sumario interno para concretar la responsabilidades de dicho actuar que atenten a la seguridad individual de la detención arbitraria.
Catalina Manque
Mapuexpress