martes, julio 16, 2024

Fragilidad(es) del trabajo y los trabajadores de la industria de La Araucanía

A continuación, se presenta un intento de contextualización de diferentes aristas problemáticas que han atravesado los trabajadores/as afectados en el proceso del cierre de 3 empresas de la Industria Forestal de la región de La Araucanía (Paneles Angol S.A., Forestal Tromen Angol S.A. y Aserraderos Victoria S.A.), pertenecientes al empresario local Andrés Ballocchi.

Por Felipe Marchant F. – Sociólogo GETSUR

Frente a este proceso, se hace imperioso describir y analizar cuáles son los alcances de este fenómeno, a nivel social, laboral, político y económico en la región. A continuación, abordaremos 5 aspectos observados durante el seguimiento del proceso:

1. Antecedentes y contexto del conflicto:

El conflicto laboral se desarrolla en la provincia de Malleco (región de La Araucanía). A modo de contextualización (socio-demográfica), tiene una población cercana a las 217 mil personas, un quinto de esta población se reconoce como perteneciente al pueblo mapuche. Cabe destacar, que un 25,5% de la población se encuentran debajo del umbral de la pobreza multidimensional, y con una tasa de escolaridad promedio de 9 de años.

Un aspecto que se hace necesario destacar a nivel regional, son las percepciones que tienen los empleadores regionales frente a las organizaciones colectivas de trabajadores. Los cuales presentan cierta actitud de rechazo hacía los sindicatos. Ya que el 41% de los empleadores de la IX región declara que “los sindicatos dificultan las relaciones laborales” (ENCLA, 2014).

En este contexto regional y provincial, centramos nuestro análisis en la agudización del conflicto en la comuna de Angol, por el cierre de 2 de esta comuna.

Angol, ciudad capital de la Provincia de Malleco, localizada a unos 130 km al norte de Temuco. Es una comuna dónde las plantaciones forestales han cubierto el 38% del total de la superficie comunal. Además, de ser una comuna dónde predominan los bajos ingresos. Ya que el 50% de los ocupados de la comuna perciben ingresos igual (o menos) a los $250 mil pesos (CASEN, 2015)[1].

2. Calendario del proceso de cierre de las empresas

Los hechos comenzaron el día 22 de mayo, con el comienzo del retiro de Tableros eléctricos, cadenas y motores de la línea de trabajo de dos empresas localizadas en Angol: Paneles Angol S.A y Forestal Tromen Angol S.A. Los elementos extraídos de los establecimientos de trabajo fueron cargados en los camiones que trasportaban la madera que se despachaba desde la empresa.

El día 29 de mayo, las gerencias de las empresas Paneles Angol S.A. y Forestal Tromen Angol S.A. anunciaron vacaciones colectivas para todo los trabajadores/as. Esta decisión no fue convenida, en ningún momento, con las directivas de los 2 sindicatos de ambas empresas. Lo anterior, se argumenta en relación a “la baja de ventas del mercado y la falta de materia prima” necesaria para el funcionamiento de las empresas.

Luego, el 1 de junio, la empresa Paneles Angol S.A. declaró la liquidación voluntaria de la empresa en el 1°Juzgado de Letras de Angol. Además, se anuncia que la empresa Forestal Tromen Angol S.A. se estaba vendiendo a un capital extranjero. Por lo tanto, hacen un llamado –desde la gerencia– a la tranquilidad, ya que se les pagarían todas las indemnizaciones y que el nuevo dueño aseguraría la continuidad de los puestos de trabajo. Tesis que se echa por el suelo el día 16 de junio, ya que Forestal Tromen Angol S.A. declara su liquidación voluntaria en el 1° Tribunal de Letras de Angol.

El día 20 de junio, los trabajadores de la empresa Paneles Angol S.A. deciden realizar una toma perimetral del complejo Tromen. Ya que el gobierno provincial no les garantizó a los trabajadores que el empresario no siguiera sacando materiales y maquinaria que se encontraba al interior del complejo, los cuales representan los activos que se remataran para el pago de remuneraciones y finiquitos adeudados.

Los días posteriores siguieron los tramites y reuniones con autoridades locales, provinciales y regionales. Con el fin de gestionar paquetes de ayudas sociales para las familias afectadas. Frente a lo infructuoso intentos de estas gestiones, el 12 de julio se organiza Marcha por la Dignidad de los trabajadorxs de Tromen y Paneles Angol, en la ciudad de Angol. Con el fin presionar a las autoridades locales para gestionar ayudas sociales. Ayudas que hasta el momento no se han concretado.

La última gestión realizada hasta este momento fue el 18 de julio, con la exposición del caso en la Comisión de Economía de la cámara de Diputados. En la cual se citaron al Presidente del Sindicato de Trabajadores de Paneles Angol, señor Wilson Sánchez; el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, señor Hugo Sánchez; el Presidente del Banco Estado, señor Jorge Rodríguez y el Director Nacional del Trabajo, señor Christian Melis y al Gerente General Paneles Angol, señor Andrés Balocchi (estos últimos dos no se presentaron a la cita). Instancia en la que se apela a que el Gobierno asuma un rol más determinante en la búsqueda de soluciones a través de la aplicación de incentivos y subsidios a las personas afectadas.

En la cita se logró:  considerar una pronta ayuda e instalar una mesa de trabajo compuesta por representantes de los sectores afectados, autoridades locales y sectoriales, para que se propongan soluciones a la difícil situación que aqueja a los trabajadores de esas empresas y sus familias”.

Oficiándose al Ministro de Economía, a la Ministra de Vivienda y Urbanismo, al Ministro del Interior y al Vicipresidente de CORFO. De esta mesa aún no se constituye, mientras los trabajadores de ambas empresas siguen sujetos al desempleo, la incertidumbre de su futuro y la insolvencia en el pago de sus liquidaciones.

3. Trabajo e industrias manufactureras:

Para realizar un intento de dimensionar el impacto ocupacional de estos cierres, revisamos los datos de CASEN 2015. Los 751 trabajadores/as afectados, representan un 8,1% del total de la población ocupada de la provincia de Malleco. Sin embargo, ese 8,1% (los 751 trabajadores/as afectados/as de las 3 empresas), representa el 23,5% la ocupación en la rama económica “industrias manufactureras”[2].

Es decir, un cuarto de los/as trabajadores/as de esta rama productiva, en la actualidad se ve sometida al desempleo o a una inserción precaria e informal en lo laboral, como consecuencia de estos cierres.

Impacto que se multiplica si te toma en cuenta los grupos familiares y personas dependientes de estos trabajadores afectos a los cierres.

4. Leyes e instituciones

Una cuarta arista que se hace evidente en un conflicto de estas características, son las limitaciones de las instituciones y de las leyes en relación al acompañamiento en el proceso judicial, orientación en las gestiones con autoridades locales y regionales. Y en la contención en términos sociales y económicos, frente a la incertidumbre de no contar con sus fuentes de ingresos.

Teniendo como consecuencia que los representantes de los trabajadores asumen las gestiones y la difusión de la información actualizada hacia las personas afectadas. En medio de un contexto de organizaciones sindicales golpeadas en términos de recursos (capital económico y social).

Gestiones sindicales que se agudiza por el impacto que tuvo la implementación de la Ley N° 20.720: “Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo”. La cual se publicó en el Diario Oficial de 9 de enero de 2014 [3]. Para su aplicación, modifica artículos del Código del Trabajo, entre los que se encuentra el Art. 163 bis, que reza lo siguiente:

“El contrato de trabajo terminará en caso que el empleador fuere sometido a un procedimiento concursal de liquidación. Para todos los efectos legales, la fecha de término del contrato de trabajo será la fecha de dictación de la resolución de liquidación”.

Para la aplicación del término de los contratos de trabajo, se señala algunas reglas, en la cual atenta directamente a los trabajadores con fuero, como lo son los dirigentes sindicales:

En el Art. 163 bis; número 4 se describe lo siguiente:  “No se requerirá solicitar la autorización previa del juez competente respecto de los trabajadores que al momento del término del contrato de trabajo tuvieren fuero”.

Significando que los dirigentes sindicales, en estos casos, quedan sin una protección mínima al momento de seguir realizando gestiones por los intereses comunes de los trabajadores.

5. Desigualdad en las relaciones laborales

Los distintos puntos que anteriormente se enunciaron, demuestran la inexcusable y nefasta situación en la que se encuentran los/as trabajadores y sus organizaciones sindicales en conflictos laborales de estas características. Sujetos que se encuentran limitados en un sistema estructurado para mantener abismos entre las condiciones económicas y judiciales en la que se afronta un proceso como este, para un empresario y para un trabajador.

Nos parece alarmante, que el sector productivo de la Industria de una provincia –de una región– conocida por alto niveles de desempleo, desigualdad y pobreza, quede sujeto y condicionado bajo gestión especulativa de empresarios y sociedades económicas que arrastren antecedentes de prácticas fraudulentas y antisindicales [4], en situaciones con características similares a la descrita hasta aquí [5].

Notas:
[1] 75% de los ocupados de la comuna perciben ingresos igual (o menos) a $400 mil pesos (CASEN, 2015).

[2] 3.195 personas se encuentran ocupadas de manera asalariada en rama “industrias manufactureras”.

[3] 2 meses antes que terminará el Gobierno de Sebastián Piñera.

[4] En el año 2010, la empresa “Sociedad Forestal Santa Elena LTDA.” Fue condenada por prácticas antisindicales, por “no enterar cuotas sindicales” con una multa de 10 UTM.

[5] Hace 7 años, en el quiebre de la Forestal Santa Elena –vinculada socios del empresario Andrés Ballocchi– tuvieron una dinámica similar, ya que solicitaron la liquidación y con deudas previsionales a los trabajadores/as. Para luego tratar de ser comprada por una Sociedad de Inversiones donde el mismo Ballocchi era el representante legal en 2011 Revisar: http://www.biobiochile.cl/noticias/…

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