lunes, noviembre 4, 2024

Comunicado Comunidades del Valle del Huasco tras fallo de Corte de Apelaciones de Antofagasta y tras apelar a la Corte Suprema

“APELAMOS ANTE LA CORTE SUPREMA. NO ESTAMOS CONFORMES CON EL FALLO Y SABEMOS QUE HEMOS SIDO NUEVAMENTE CONTAMINADOS”

Tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y prontos a apelar ante la Corte Suprema por el mismo, queremos comunicar a la opinión pública:

1- El Fallo responde a un Recurso de Protección interpuesto por habitantes del Valle del Huasco y comunidades que llevamos más de 17 años luchando contra este proyecto y sufriendo contaminaciones sistemáticas de todo tipo, que incluso nos han dejado expuestos a riesgos gravísimos a la salud por exposición a metales pesados en nuestras aguas[1]. En junio del 2016, por plena responsabilidad de Barrick, se rompió la Planta de Tratamiento de Aguas Contaminadas (ARD) quedando inoperativa. Ante esto y saber que por comunicaciones de la misma empresa, el proyecto tenía una capacidad limitada para almacenar las aguas contaminadas y que luego de ello las lanzaría directo al río; así como tras informes de la Junta de Vigilancia del Río Huasco que daban cuenta de graves contaminaciones, y de haber tomado conocimiento hace poco que la propia empresa el año anterior le había explicitado a la Superintendencia de Medio Ambiente su imposibilidad de manejar toda el agua de contacto (contaminada) producida en un invierno incluso menos abundante que el del 2016, no pudiendo soportar estos atropellos y con gran temor de ser expuestos nuevamente a elementos contaminantes fue que recurrimos a la justicia en contra de la empresa, de la Superintendencia por no lograr resguardar nuestra vida y el medio ambiente en tres años de que inició un proceso sancionatorio a la trasnacional y en contra de la Comisión de Evaluación de Atacama.

2- Esta última, en el mismo momento en que se producían los desastres ambientales en Pascua Lama tras las avalanchas (31 de mayo al 2 de junio de 2016), resolvía de manera arbitraria e ilegal y sin respetar la consulta indígena, la modificación de la Resolución de Calificación Ambiental de Pascua Lama (RCA) por medio de la Resolución N° 094 de 2 de junio de 2016. Tal como hemos venido denunciando[2], dicho cambio fue hecho a la medida de la empresa para evitar que sea culpada de nuevas contaminaciones, para ello se elevaron los límites de metales pesados y químicos autorizados en el agua, los cuales permiten legalizar las contaminaciones provocadas por el proyecto.

Tras este fallo, no nos quedan dudas de que lo de las fechas no fue una coincidencia, este cambio es el que ha permitido que la contaminación por metales pesados ocurrida tras la destrucción de la Planta de ARD, al final, “no sea contaminación”, y es el que pretende dejar en silencio todas las contaminaciones del proyecto. Por lo tanto, volvemos a hacer un llamado urgente, por la continuidad de la vida en el Valle del Huasco esta modificación debe quedar sin efecto, además porque tiene graves ilegalidades. Cabe recordar que la propia Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados, determinó que este cambio era ilegal: “Nos parece que adecuar la RCA a normas de contaminación de las aguas menos exigentes, va exactamente en el sentido contrario de los principios precautorios y de preservación que orientan las políticas en materia medio ambiental. Lo anterior ocurre en circunstancias que se dan paralelas a los procesos sancionatorios contra la empresa, (…) Los procesos han sido incoados entre otras razones por las descargas de aguas con contaminantes al Río Estrecho.(…) Este tipo de decisiones socavan la confianza en la institucionalidad”[3].

3- Con este fallo, Barrick Gold no ha ganado nada. En ningún caso resuelve que la empresa esté cumpliendo con sus compromisos ambientales. Al contrario, tal como dice el fallo acerca de lo que piensa la SMA de los hechos denunciados “De estos antecedentes (…) no descarta la existencia de algún incumplimiento a instrumentos ambientales (…)”. En el mismo sentido, este fallo no desestima en ningún caso la posibilidad de que el proyecto Pascua Lama pierda su permiso ambiental (RCA) por incumplimientos cometidos entre los año 2013– 2015, que son los que lo tienen paralizado, decisión que esperamos de la Resolución de los procesos sancionatorios llevados por la Superintendencia del Medio Ambiente aún pendientes.

4- Lo que ha ocurrido, es la desestimación de medidas urgentes para el resguardo de nuestros derechos vulnerados. Con este rechazo, sólo ha vuelto a perder legitimidad la cada vez más precaria justicia chilena, demostrando una preocupante incompetencia para llevar adelante su misión, que es garantizar derechos constitucionales básicos, así como una limitada capacidad para entender el recurso y luego para argumentar sus decisiones, de lo cual se sospecha una colaboración total para con una de las mineras más grandes del mundo de parte de la Corte de una de las regiones más mineras del país. Sin embargo, no todo está dicho, ayer recurrimos a la Corte Suprema y esperamos que esta si nos brinde la justicia que tanto anhelamos así como decisiones a favor de la vida del Valle del Huasco y su gente, así como de sus próximas generaciones.

5- Por lo pronto, con este recurso ganamos información a la cual jamás habríamos tenido acceso. Dicha información nos ha permitido reconfirmar de manera tajante, que las causas por las que acudimos a esta instancia judicial, vulneraciones de derechos constitucionales, son reales y gravísimas.

6- Somos categóricos, en base a la serie de datos y pruebas que acumulamos, declaramos una y otra vez que hemos sido nuevamente contaminados y puestos en riesgo por Barrick Gold y su proyecto Pascua Lama y una vez más han incumplido la Resolución de Calificación Ambiental en una serie de materias y ningún fallo podrá acallar esta dramática verdad.

7- Respecto de la consulta indígena, nos parece impresentable el argumento ocupado por la Corte para desestimar este derecho. Este niega derechos a los indígenas y comunidades indígenas del valle del Huasco por no ser afectados exclusivos, lo que es contrario al Convenio 169 de la OIT y a otros instrumentos internacionales.

8- Por último, lamentamos corroborar también tras este proceso, y sobre todo en los alegatos, como es que el Estado está compenetrado con la empresa a tal punto que los abogados de la Superintendencia de Medio Ambiente y de la Intendencia de Atacama parecían otros más de Barrick Gold. Fue lastimoso ver como se nos trata casi de enemigos o habitantes molestos en vez de ponerse en nuestro lugar e intentar trabajar para que estemos tranquilos respecto de las graves situaciones, temores y amenazas que experimentamos. De manera ilógica se desconfía de los documentos que ingresamos como prueba no así de los de la empresa que incluso ha sido capaz de mentir a los tribunales del país. Exigimos que acabe la corrupción empresarial impuesta en nuestro país y territorios. Sabemos que están haciendo todo para que este proyecto se reanude, sepan que también seguiremos haciendo todo y más para que esto no ocurra.

Alto del Carmen 15 de Marzo de 2017.

ASAMBLEA POR EL AGUA DEL GUASCO ALTO

Contacto: Constanza San Juan/ +56962413008/ guascoaltocomunicaciones@gmail.com/ amarantasanjuan@gmail.com

Notas:

[1] Ver documento número 195 del expediente del proceso sancionatorio A-002-2013 de la SMA a CMNSpA (Barrick– Pascua Lama)

[2] Recurso disponible en: http://www.eldesconcierto.cl/2016/11/25/pascua-lama-comunidades-denuncian-que-gobierno-modifico-criminalmente-resolucion-de-calificacion-ambiental-del-proyecto/

[3] Recurso disponible en: https://www.camara.cl/pdf.aspx?prmID=32031&prmTIPO=INFORMECOMISION

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