“Nos parece que adecuar la RCA a normas de contaminación de las aguas menos exigentes, va exactamente en el sentido contrario de los principios precautorios y de preservación”.
Por GUASCO ALTO COMUNICACIONES
El jueves de la semana pasada, la Comisión Investigadora de los Actos de los organismos públicos competentes en materia de Fiscalización y Protección de los Glaciares, cuencas hidrográficas y Salares de Chile de la Cámara de Diputados[1] dio a conocer en sala su informe final.
Dicho informe, además de en lo principal acusar la negligencia de las instituciones del Estado, los organismos fiscalizadores y el Ministerio de Medio Ambiente así como al mismísimo Estado “el que no ha compatibilizado adecuadamente el fomento productivo con su rol de la protección de los recursos naturales, y en particular los recursos hídricos”[2], se avocó a dar opinión de una serie de acciones y situaciones preocupantes que se viven en distintos territorios afectados por la destrucción de sus glaciares, salares, bofedales y cuencas hídricas y el actuar de los organismos públicos de los cuales tuvieron oportunidad de conocer en las sesiones. Es así como se pronuncian acerca de las afecciones al Valle del Huasco a consecuencia del proyecto Pascua Lama.
A parte de corroborar que es ésta unas de las regiones más afectadas en sus glaciares a consecuencia de la acción de la transnacional Barrick Gold en la alta cordillera, hubo un fuerte pronunciamiento respecto de la reciente modificación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que se le hizo a dicho proyecto, el cual fue fuertemente denunciado por las comunidades en esta Comisión, en donde se acusó al Estado de haber realizado un cambio a la medida de empresa el cual eleva los límites autorizados de metales pesados y químicos en el agua lo que le permitirá a la empresa esconder sus episodios de contaminación, contaminándose entonces silenciosamente a la población y ecosistemas de Valle del Huasco afectando su salud y calidad de vida . En la ocasión las comunidades también dieron a conocer que habían reclamado ante el Comité de Ministros y que se encontraban esperando la respuesta. El lunes 12 de diciembre por carta comunicaron a la Comisión que de manera lamentable había sido rechazada dicha reclamación.
La Comisión concluyó con una fuerte crítica a dicho Comité de Ministros, en donde exponen que “su desempeño y sus resultados a juicio de esta Comisión resultan cuestionables, toda vez que el Consejo se ha abocado a adoptar decisiones sobre la factibilidad de proyectos medioambientales – entro ellos Hidroaysén y Pascualama, pero no a coordinar la acción conjunta ni a proponer políticas de Estado en materia de protección y resguardos de nuestros recursos”.
Y luego prosiguen refiriéndose concretamente a la reciente modificación de la RCA del proyecto Pascua Lama: “Como ejemplo de lo anterior se encuentra precisamente lo relacionado con el proyecto Pascualama, que esta Comisión rechaza e impugna, cual es la decisión a la que hemos accedido a través medios de comunicación, sobre la reciente resolución del Comité de Ministros N° 1385 del 1 de diciembre, en virtud de la cual se rechazaron los recursos de reclamación en contra de la determinación que realizó la revisión y modificación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto Pascua Lama interpuestos tanto por comunidades como por la Junta de Vigilancia del Río Huasco y sus Afluentes”[3].
Y opinan categóricamente: “Nos parece que adecuar la RCA a normas de contaminación de las aguas menos exigentes, va exactamente en el sentido contrario de los principios precautorios y de preservación que orientan las políticas en materia medio ambiental”[4].
Y al igual que las comunidades del Valle del Huasco ven con mucho peligro que “Lo anterior ocurre en circunstancias que se dan paralelas a los procesos sancionatorios contra la empresa (…). Los procesos han sido incoados entre otras razones por las descargas de aguas con contaminantes al Río Estrecho. Además se ha indicado que también existen cargos por aguas subterráneas; por la falta de captación de aguas ácidas; falta de profundización de la corta fuga en 5 pozos; como también porque no se informó sobre la flora en algunas vegas. Por último el Superintendente señaló que la empresa no presentó el plan de contingencia por contaminación de aguas por contactos”[5].
Y concluyen finalmente que “Este tipo de decisiones socavan la confianza en la institucionalidad (…) y que se “hace imprescindible revisar la composición actual del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad”[6].
Por último a este mismo respecto también tuvo un pronunciamiento para el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA): “Por último y muy relacionado con lo ya mencionado en el punto sobre el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, es necesario asegurar que las decisiones fundadas de los órganos técnicos, tengan preeminencia sobre las decisiones del Consejo u otros órganos de corte político”[7].
Esta conclusión, fue resultado de un fuerte análisis de esta situación que incluso contó con la acusación de la Diputada Cristina Girardi quién indicó que el informe “no sólo se deben incluir recomendaciones y propuestas, sino una manifestación clara acerca de que el Estado se encuentra hoy coludido con las empresas extractivas de recursos naturales”, en ese sentido y con respecto del cambio de la RCA de Pascua Lama planteó que el informe debía incluir “solicitar al Gobierno la renuncia de todos los ministros que participaron en el Comité que permitió el funcionamiento del proyecto Pascua Lama” con las nuevas modificaciones. (Ver acta en: https://www.camara.cl/pdf.aspx?prmID=29713&prmTIPO=ACTACOMISION)
Con todo esto esta Comisión Investigadora muestra un claro apoyo a las comunidades del Valle del Huasco las que están prontas a ingresar al Tribunal Ambiental la Reclamación contra la Resolución del Comité de Ministros que rechazó su reclamación.
Por su parte, las comunidades reciben satisfechas estas conclusiones que vienen en confirmar lo que han denunciado, y esperan que estas conclusiones y pronunciamiento político colaboren en que dicho Tribunal Ambiental logre hacer una sentencia justa de acuerdo al nivel de las acusaciones de irregularidades, ilegalidades y arbitrariedad reclamadas, así como para lo que significa esta modificación para las comunidades y los ecosistemas del Valle del Huasco: la legalización de la contaminación y violación del principio precautorio. Además, esperan “que este pronunciamiento ayude a que este Gobierno, y en especial la misma Presidenta, Doctora Bachelet, comprendan la envergadura de lo que han hecho, comprendan la envergadura de las ilegalidades que el Estado está cometiendo con esta modificación, y que esto les demuestre con más fuerza que no estamos errados, al contrario, y que deben revertir esta situación. Y que si no lo hacen, sepan que lucharemos hasta el final para no ser contaminados en silencio tan sólo porque han decido salvar este proyecto, en desmedro de la vida de la gente y sus ecosistemas, que no tiene como funcionar sin contaminar”.
Ver informe: Infome Comisión Oficial Diputados
GUASCO ALTO COMUNICACIONES
Contacto: Constanza San Juan/ +56962413008/ guascoaltocomunicaciones@gmail.com/ amarantasanjuan@gmail.com
Notas:
[1] Esta Comisión se extendió de mayo a diciembre del año 2016. Se constituyó tras el siguiente mandato: “Fundamentación de la Comisión Investigadora 1- Las disposiciones mencionadas dejan al descubierto la débil protección que existe en Chile hacia nuestros recursos y hacia el ecosistema en general, lo que deriva en la falta de fiscalización y de responsabilidades por parte del Estado de Chile y sus Instituciones, en el desarrollo de procesos productivos que afectan nuestro medio y se llevan a cabo de forma irracional”. Entre algunos de los que comparecieron ante esta Comisión están el Ministros de Medio Ambiente, Ministra de Minería, Superintendente de Medio Ambiente y Director General de Aguas.
[2] Cámara de Diputados. Comisión Investigadora de los Actos de los organismos públicos competentes en materia de Fiscalización y Protección de los Glaciares, cuencas hidrográficas y Salares de Chile. p.258.
[3] Ibíd.cit.p.263
[4] Ibídem.
[5] Ibídem.
[6] Ibid.cit.p.264.
[7] Ibídem.