La Corte de Apelaciones de Temuco acogió por unanimidad este miércoles el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para determinar las responsabilidades en el caso de un joven mapuche de 18 años víctima de un disparo de Carabineros.
Los hechos datan del domingo 27 de diciembre de 2015, cuando un vehículo policial blindado ingresó sin orden judicial a la comunidad Juan Antinao, produciéndose un incidente con los habitantes de ella, ante el cual los carabineros respondieron disparando una escopeta antidisturbios e hiriendo de gravedad en el rostro y en la cabeza al joven.
Tomando en cuenta estos antecedentes, el fallo de la Corte declara que la actuación de Carabineros “no fue racional ni el uso del arma proporcional a los hechos que enfrentaba, dejando una persona herida”.
La Corte afirma también que tales actos son una “vulneración de los derechos constitucionales de libertad personal y seguridad individual” ordenando a “la Prefectura de Fuerzas Especiales de la Araucanía efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose en adelante de afectar los derechos fundamentales del amparado” y cuidando el uso de las armas.