miércoles, noviembre 27, 2024

Multan a minería Pampa Camarones por daño ambiental irreparable

La Superintendencia del Medio Ambiente aplicó una multa de 4.313,3 UTA en contra del proyecto minero. En tanto, la empresa señaló que «nos sorprende la resolución de la SMA, ya que aún están pendientes dos reclamaciones ante el Tribunal Ambiental de Santiago».

 

El Morrocotudo

 

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó con una multa de 4.313,3 Unidades Tributarias Anuales –equivalentes a $2.226 millones– a la empresa minera Pampa Camarones S.A., titular de los proyectos “Explotación Mina Salamanqueja” y “Planta de Cátodos Pampa Camarones”, por una serie de incumplimientos asociados al resguardo del componente arqueológico;  la no implementación de medidas de mitigación y monitoreo respecto a la fauna del sector; mal manejo de residuos peligrosos; entre otros, según detalla en 155 páginas la resolución (expediente: D-017-2013) dada a conocer hoy y que fue notificada a la empresa. 

Cabe recordar que fue la Comisión Asesora de Monumentos  Nacionales de Arica y Parinacota, quien interpuso una denuncia ante la SMA por incumplimientos en las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto mina Salamanqueja y Planta de cátodos Pampa Camarones y (n° 33/2011 y n° 29/2012 respectivamente), ambos ubicados en la comuna de Camarones, Región de Arica y Parinacota

Durante 2013 se realizaron actividades de inspección a la etapa de construcción de faenas por parte de fiscalizadores de la SMA,  como también del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) y del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Durante 2014, se realizaron diversas diligencias debido a antecedentes asociados a intervenciones arqueológicas irregulares, lo que incluyó la visita de una perito especializada a la zona. 

Luego de un extenso análisis, la SMA concluyó que existen 12 infracciones a las RCA del proyecto. Una de ellasgeneró un daño ambiental irreparable producto de la intervención a monumentos arqueológicos en una extensión de 15 hectáreas y la no recolección de eventos líticos, que se encuentran emplazados en el sitio denominado “Salamanqueja 12-13”. La acción de la minera causó la pérdida de una importante muestra de dichos eventos líticos, los que se encuentran protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales, y corresponden a restos de antiguos asentamientos humanos, pertenecientes al período arcaico-costero, el cual data entre 9000 y 3500 años antes de nuestra era. El actuar de la empresa imposibilitará generar una investigación completa respecto de las condiciones de vida de los habitantes primitivos de ese sector. 

De igual modo, se sancionó a la empresa por una serie de incumplimientos relativos a fauna, siendo el más relevante la no presentación del Plan de Seguimiento de fauna silvestre, el cual resguarda a especies características de la Región de Arica y Parinacota, como el pato piquero, pato guanay, entre otras. 

Empresa

En relación a la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), la empresa mediante una declaración pública señala: 

En primer lugar, Pampa Camarones S.A. tiene un compromiso absoluto con el respeto y cuidado del medio ambiente, el patrimonio arqueológico, la fauna y de las comunidades cercanas de la región de Arica y Parinacota, cuidando en todo momento desarrollar una minería responsable en armonía con el entorno.

Por lo anterior, nos sorprende la resolución de la SMA, ya que aún están pendientes dos reclamaciones ante el Tribunal Ambiental de Santiago, una contra la resolución de la SMA que rechazó los medios de prueba solicitados por PCSA, y la otra por el cierre de la investigación encontrándose acciones pendientes ante el Tribunal.

Deseamos destacar que este es un proceso administrativo que aún no está cerrado y Pampa Camarones S.A. ejercerá todas las acciones tendientes a defender sus derechos, especialmente considerando que las acciones pendientes en el Tribunal Ambiental pueden incluso revertir la sanción que hoy ha impuesto la SMA, retrotrayendo el procedimiento a la etapa probatoria que la SMA ha injustamente negado.

Finalmente, creemos que la magnitud de la multa es desproporcionada y está totalmente fuera de contexto. Cuesta entender su intencionalidad, ya que de hacerse efectiva, pone en serio riesgo la continuidad de nuestra operación. 

REVISA LA RESOLUCIÓN COMPLETA DE LA SMA DESDE ACÁ

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