miércoles, julio 17, 2024

Declaración emanada del «Seminario intercultural pu kimche del Gulumapu» por la Red Nacional de Educadores de las Naciones Originarias

Los Educadores Tradicionales que asistimos al “SEMINARIO INTERCULTURAL PU KIMCHE DEL GULU MAPU” en la Universidad de Concepción, en uso de nuestra autodeterminación como educadores de pueblos originarios, nos hemos organizados para conformar una Red Nacional de Educadores de las Naciones Originarias. Declaramos que bajo el amparo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio 169 de la OIT y Ley Indígena nº19.253, exigimos que:

1.- Los Pueblos Originarios de Chile junto a los Educadores Tradicionales deben codiseñar los planes y programas, metodologías y formas de acercamiento de transmisión de conocimiento y patrimonio ancestral, aplicada en las diversas áreas de la educación, en los diferentes territorios y con referencia a la identidad de cada pueblo.

Art 27 del convenio 169 de la OIT:1.Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con estos a fin de responder a sus necesidades particulares y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales

2.- Elevar el status que tiene el Educador Tradicional y del ELCI dentro de los territorios, para tener contratos de trabajos dignos, aumentar el valor hora equivalente a un docente especialista y profesional, sin discriminación de sus condiciones (cotizaciones y salud), validando así nuestro conocimiento originario.

Art 20 del Convenio 169 de la OIT:

1.- Los gobiernos deberán adoptar, en el marco de su legislación nacional y en cooperación con los pueblos interesados, medidas especiales para garantizar a los trabajadores pertenecientes a esos pueblos una protección eficaz en materia de contratación y condiciones de empleo en la medida en que no estén protegidos eficazmente por la legislación aplicable a los trabajadores en general.

2.-Los gobiernos deberán hacer cuanto este en su poder para evitar cualquier discriminación entre los trabajadores pertenecientes a los pueblos interesados y los demás trabajadores, especialmente en lo relativo a:

-a)Acceso al empleo, incluidos los empleos calificados y las medidas promoción y de ascenso.

-c) Asistencia médica y social , seguridad e higiene en el trabajo, todas las prestaciones de seguridad social y demás prestaciones derivadas del empleo, así como la vivienda.

3.- Crear nuestras propias institucionalidades que permitan formar educadores tradicionales en los diferentes territorios.

Articulo 27:

3.- Además los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárceles recursos apropiados a tal fin.

 

4.- Que el Estado financie encuentros, seminarios, congresos y reuniones que permitan difundir nuestros conocimientos, programas especiales de revitalización de la lengua y con coorganización de nuestras autoridades ancestrales.

Art 27 del convenio 169 de la OIT: 1.Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con estos a fin de responder a sus necesidades particulares y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.

5.- Que nuestros lugares de enseñanza y recursos educativos sean acordes a las necesidades del Educador Tradicional y ELCIS para enseñar sus conocimientos ancestrales con pertinencia.

6.- Solidarizamos y nos sumamos a todas las organizaciones indígenas, asociaciones y comunidades que rechazan los decretos 66 y 40 para que sean revisados y no se consideren al momento de hacer consulta a los Pueblos Originarios.

7.- Que hemos determinado realizar un nuevo encuentro de Educadores tradicionales, Elcis y autoridades tradicionales a nivel nacional, para fortalecer la RED NACIONAL DE EDUCADORES DE LAS NACIONES ORIGINARIAS, para ordenar y mejorar las demandas en el ámbito de educación, ampliando la convocatoria, en el mes de Marzo del 2015 en la ciudad de Santiago.

 

RED NACIONAL DE EDUCADORES DE LAS NACIONES ORIGINARIAS

 

Jose Maria Pereira Canio – Alto Bio- Bio

Valentina Alvarez Alfaro- Coquimbo

Pradelina Aniñir- Los Alamos Pangue

Luis Marileo- Arauco

Raquel Huenulef- Rio Bueno

Ines Mulato- Santiago

Cecilia Pichul

Rosa Caniupil- Galvarino

Sebastian Yeviko Pichun

Luis Epul- Nueva Imperial

Sonia Aniñir-Tirua

Edith Huenullan-Cañete

Doris Quidel – Padre Las Casas

Nancy Piñones- Santiago

Alcia Maribur – Cañete

Juan Porma- Tirua

Juan Pichun- Traiguen

Margarita Fuentes- Cañete

Bernarda Marican

Elizabeth Chicahual Quilaman- Santiago

Patricio Antilao- Galvarino

Marcela Peico- Valdivia

Evita Huenchuleo- Cañete

Juana Rosa Painemil-Cañete

Niria Miranda Ancapi – Osorno

Teresa Pailahueque-Puerto Montt

Berta Nahuelhuen Collao- Castro, Chiloe

Gloria Huenchuleo Chicahual- Santiago

Apolonia Peña – Cañete

Maria Huenuñir Antihuala- Santiago

Clara Antinao- Santiago

Maria Soledad Guajardo- Llanquihue

Orlando Mellado Quilaman-Padre las Casas

Victorino Antilef Ñanco-Lanco

Julio Wentemilla-Concepción

Rosalía Levi Quipaman- Alto Bio Bio, Ralco

Pamela Trtipailaf-Padre las Casas

Manuel Alvarez- Galvarino

Pamela Cona- Santiago

Cristina Nain Neye

Manuel Santander-Galvarino

Nancy Ancahual

Carmen Curical- Santiago

Genara Flores Alave- Santiago

 

Rosa Inalaf-La Unión

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