sábado, noviembre 16, 2024

El debate global sobre empresas y derechos humanos

Por José Aylwin – Fuente: observatorio.cl

Con la asistencia de más de dos mil personas, entre ellos delegados de Naciones Unidas, de los estados, de pueblos indígenas y de la sociedad civil, así como representantes de empresas, se realizó del 01 al 03 de diciembre en Ginebra el Tercer Foro Anual de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.

El Foro -el más importante sobre esta temática de creciente relevancia global- fue convocado por el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, que tiene como uno de sus mandatos el promover los Principios Rectores de esta entidad en la materia. Tales principios, aprobados por el Consejo de Derechos Humanos el 2011, incluyen la obligación de los estados de proteger de los abusos de derechos humanos cometidos por terceros, incluidas las empresas; la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos, de evitar vulnerar los derechos de las personas y de reparar las consecuencias negativas de sus actividades; y la necesidad de que los estados y empresas establezcan mecanismos efectivos de reparación para las víctimas de abusos a sus derechos humanos por empresas.

Una preocupación manifestada por la mayor parte de las organizaciones de derechos humanos y de sociedad civil asistentes al evento, fue la de la continuidad de las prácticas violatorias de derechos humanos por parte de estas empresas a nivel global, y a la impunidad en que estas prácticas quedan. Es así como en el marco de este evento el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y FIDH dieron a conocer su informe sobre la situación de los defensores de derechos humanos en el mundo, afectadas generalmente por la actividad de empresas. En este informe se da cuenta de que entre el 2011 y 2014 se constataron 43 casos de asesinatos de defensores del derecho a la tierra y 123 de hostigamiento judicial, a manos de policías, militares, agentes de seguridad de empresas privadas o incluso mercenarios, en muchas ocasiones acompañado por detenciones arbitrarias. Se trata de números que reflejan una parte ínfima de una realidad que afecta a todas las regiones del mundo, en especial a Asia y Latinoamérica. De acuerdo a este informe, un 95% de estas graves violaciones a los derechos humanos de defensores quedan impunes. Dicha situación, es consecuencia de la ausencia a nivel estatal e internacional de normas de carácter vinculante para hacer efectiva la responsabilidad de los estados y las empresas frente a dichas violaciones de derechos humanos. 

Es por ello que una de las discusiones más relevantes verificadas en el Foro de Ginebra fue la referida al proceso para la elaboración de un tratado vinculante para regular la actividad de las empresas trasnacionales y su relación con los derechos humanos, iniciativa que el Consejo de Derechos Humanos aprobó en junio de 2014, a propuesta de los estados de Ecuador y de Sudáfrica. Se trata de una iniciativa que ha concitado el respaldo de un número creciente de estados y de organizaciones de derechos humanos y de sociedad civil. 

Por lo mismo es que una de las materias que se espera aborde dicho tratado vinculante sobre empresas trasnacionales y derechos humanos sea el de la responsabilidad extraterritorial de los estados frente a las violaciones de derechos humanos cometidas por empresas trasnacionales en ellos domiciliados pero con actividades fuera de los mismos, situación cada vez más común en el marco de una economía globalizada. Esta iniciativa, frente a la cual muchos estados latinoamericanos, entre ellos Chile, se abstuvieron al momento de su votación por el Consejo de Derechos Humanos, ha ganado cada vez más soporte internacional. Ello no solo de parte desde la sociedad civil, la que ha conformado una alianza global para su respaldo, sino también por parte de diversos estados del sur global, incluyendo Chile de acuerdo a la intervención del Subsecretario de Relaciones Exteriores Edgardo Riveros en Ginebra, e incluso estados del norte, los que se abren a su consideración.

Otro tema relevante abordado en Ginebra fue el de los planes nacionales de empresas y derechos humanos que el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la materia ha venido promoviendo desde el 2012. Se trata de planes para coordinar la acción política y legislativa de los estados a fin de asegurar que la actividad económica y de las empresas no resulte en la violación de derechos humanos, y que por ahora solo algunos estados europeos, como Reino Unido, Países Bajos, Italia y Dinamarca han elaborado. En contraste con ello, en América Latina solo Colombia ha avanzado en el desarrollo de este plan, mientras que Chile no muestra, más allá de los anuncios, avances en esta materia, menos aún en abrir un debate amplio, con participación de organismos de sociedad civil y de pueblos indígenas, para su elaboración.

La situación de los derechos de los pueblos indígenas, cuyas tierras y territorios se ven afectados por la actividad de empresas, muchas de ellas extractivas de recursos naturales, fue también una temática central de este evento. Ello no es casual sino que resulta de una práctica empresarial casi generalizada, en particular en los estados del sur global, que ha resultado en graves violaciones a derechos colectivos de estos pueblos, como el derecho a la consulta y al consentimiento previo, a la tierra, el territorio y los recursos naturales, la libre determinación y a la autonomía, y el derecho a definir prioridades en materia de desarrollo, todos ellos reconocidos por el derecho internacional que les es aplicable, en particular el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre derechos de pueblos indígenas. Se trata de una realidad constatada por el propio Grupo de Trabajo de Naciones Unidas el que en su informe de 2013 señalara: “[…] los pueblos indígenas figuran entre los grupos más gravemente afectados por las actividades de los sectores extractivo, agroindustrial y energético. Los impactos adversos denunciados van desde efectos sobre el derecho de los pueblos indígenas a mantener el modo de vida tradicional que han elegido […], hasta el desplazamiento mediante reasentamiento forzoso o económico y los graves atropellos conexos de los derechos civiles y políticos, incluidos los efectos sobre los defensores de los derechos humanos […], y los derechos a la vida y a la integridad física”.

América Latina, como sabemos, no es una excepción a esta realidad, ya que las estrategias de “desarrollo” impulsadas por los estados se siguen cimentando en la explotación indiscriminada de los recursos naturales de los pueblos indígenas, explotación que se contrapone a sus culturas y planes de vida, y que por lo mismo genera conflictos que terminan por ser criminalizados. Tal como la CEPAL señalara en septiembre pasado en su informe a la Conferencia Mundial de la ONU sobre pueblos Indígenas “[l]a expansión de las actividades primario-exportadoras en la región ha implicado graves impactos ambientales, reclasificación espacial y afectación de derechos, intereses, territorios y recursos de pueblos indígenas. Las disputas relacionadas con el control de los territorios y los recursos naturales se prestan fácilmente al conflicto violento, aunque estos pueden verse agravados en contextos de exclusión política, discriminación social y marginalización económica”.

Por ello no resulta casual que los representantes de pueblos indígenas de los cinco continentes reunidos en Ginebra en forma previa al Foro subrayaran la necesidad de que los estados garanticen la vida de los pueblos indígenas y los protejan frente a las amenazas de la actividad empresarial; respeten y protejan sus propias actividades económicas dentro de sus territorios, sin criminalización; y que no restrinjan el derecho al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas frente a la actividad empresarial. Igualmente instaron al Grupo de Trabajo de la ONU sobre la materia a profundizar en el análisis del cumplimiento de la “debida diligencia” que las empresas deben tener para asegurar el respeto por sus derechos. Finalmente reclamaron la necesidad de que los estados garanticen el acceso a la justicia para víctimas de violaciones de derechos humanos, y consideren en los planes de acción nacionales en derechos humanos la aplicación de la jurisdicción extraterritorial cuando las víctimas no encuentren justicia en sus propios países.

Por su parte la Relatora Especial de la ONU sobre derechos de pueblos indígenas, Victoria Tauli Corpuz, intervino en el Foro para llamar la atención sobre la gravedad y magnitud de las violaciones de derechos humanos de pueblos indígenas cometidas por empresas, señalando que el abordaje de esta realidad será uno de los principales focos de su mandato. La Relatora Especial ahondo en la relación que existe entre los tratados y los acuerdos multilaterales y bilaterales sobre inversión y comercio y los derechos de pueblos indígenas, señalando que muchas veces estos repercuten directamente sobre sus tierras, sus recursos, formas de vida y conocimientos. Por lo mismo, planteó que esta será una materia de preocupación fundamental de su Relatoría especial.

La afectación de los derechos del pueblo mapuche por la actividad empresarial también fue denunciada en este evento. Por un lado los lonkos Juan Pichun y Ciriaco Millacheo, junto a representantes de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), dieron cuenta de la inexistencia en Chile de mecanismos efectivos de remediación y reparación, como lo disponen los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos frente a las violaciones a los derechos sobre sus tierras y territorios de ocupación tradicional por parte de las empresas forestales. También dieron cuenta de los procesos de criminalización de la protesta social de sus comunidades, mediante la aplicación de legislación antiterrorista, lo que les llevó, junto a otros defensores de derechos mapuche, a plantear sus causas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, encontrando allí la justicia que no encontraron en el estado chileno.

Por otro lado, el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas de Neuquén, y el Observatorio Ciudadano de Chile, dieron a conocer a diferentes personeros de Naciones Unidas preocupados de esta materia, como el integrante del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, Pavel Sulyandziga, y la Relatora Especial Victoria Tauli Corpus, la situación de vulneración de  derechos que hoy vive el pueblo mapuche como consecuencia de numerosas actividades extractivas y productivas, en particular la explotación de petróleo por vías convencionales y mediante el fracking que afecta a las comunidades de la provincia de Neuquén, Argentina; y los proyectos forestales, hidroeléctricos y pisciculturas que se han instalado o que se propone instalar en el territorio mapuche en las regiones de la Araucanía y Los Ríos en Chile. Se trata de proyectos que se emplazan en sus tierras de ocupación tradicional, que son impuestos sin procesos de consulta adecuados, sin que las empresas hayan tenido la debida diligencia en el respeto de los derechos humanos, y sin que existan mecanismos adecuados para lograr la reparación de los daños causados. Cabe señalar que estas actividades se desarrollan en estados que han ratificado el Convenio 169 de la OIT, cuyos derechos no han sido implementados mediante la adecuación de la legislación interna, ni tampoco mediante políticas públicas referidas a los pueblos indígenas. Por lo mismo, solicitaron una investigación sobre esta crítica realidad de derechos humanos.

El Foro de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos deja en evidencia el incumplimiento por parte de los estados y las empresas  de la región, Chile incluido, de los Principios Rectores de Naciones Unidas antes referidos. También hace urgente la necesidad de que los estados adopten medidas no solo políticas, sino también legislativas para asegurar la coherencia de su actuación en la materia, para permitir hacer efectiva la responsabilidad de las empresas por la violación de derechos humanos, así como la responsabilidad extraterritorial que en ocasiones corresponde a los estados donde estas se domicilian. El Foro dejó al descubierto, además, que la responsabilidad social empresarial, más allá de la retórica, no ha logrado cambiar el comportamiento de las empresas y su afectación grave a derechos individuales y colectivos, como se denunció en el caso del pueblo mapuche en Chile y Argentina. Ello da  cuenta de la urgente necesidad de avanzar hacia la elaboración de normas internacionales vinculantes, como las propuestas por Ecuador y Sudáfrica, que permitan hacer efectiva la responsabilidad de los estados, así como también de las empresas, frente a las violaciones de derechos humanos que les son imputables.

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