viernes, noviembre 15, 2024

Comunidades Mapuche presentan Recursos de Protección y Queja contra Ministerio de Desarrollo Social por arbitrariedades en consulta indígena

Gentileza de Daniel Gimenez

Tres asociaciones mapuche de la Región Metropolitana presentaron un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago para detener la finalización de la consulta indígena que prepara el Ministerio de Desarrollo Social con el objeto de aprobar el articulado de la Ley del nuevo Ministerio de Asuntos Indígenas.

Las asociaciones que presentaron el recurso –Asociación Indígena Kallfulican, Asociación Indígena Llug-Kym Hue-Harria y Asociación Mapuche Kiñe Pu Liwen, todas con personalidad jurídica de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena- hicieron historia al convertirse en las primeras comunidades en presentar una acción judicial contra el Estado de Chile para garantizar el efectivo cumplimiento del Convenio 169 de la OIT en la realización de consultas indígenas.

En el escrito presentado, las asociaciones alegan que el Ministerio de Desarrollo Social pretende que la consulta en la Región Metropolitana se dé por finalizada el día 26 de enero. Esta fecha habría sido fijada por la autoridad en atención a que, según ha declarado el funcionario responsable de coordinarla, Juan Lautaro Loncón Antileo, transcurrieron seis meses desde su inicio, a pesar de que las comunidades presentaron una solicitud de prórroga el día 20 de diciembre que, hasta la fecha, no recibe respuesta.

El Recurso argumenta además que la fecha fijada por el Ministerio de Desarrollo Social no procede y que, con esto, estaría vulnerando preceptos del Convenio 169 de la OIT y del DS N° 66 de dicho Ministerio que regula el proceso de las consultas indígenas. En efecto, el artículo 16 del reglamento establece que la consulta debe desarrollarse en un proceso de 5 fases o etapas:

1. Planificación del proceso de consulta;
2. Entrega de información y difusión del proceso;
3. Deliberación interna de los Pueblos Indígenas;
4. DIálogo;
5. Sistematización, comunicación de resultados y término del proceso de consulta.

Según el reglamento, cada fase tiene una duración mínima de 25 días hábiles, y, en conjunto, las cinco suman al menos 6 meses. Sin embargo, el escrito del Recurso argumenta que publicaciones en La Tercera de los días 31 de julio y 11 de agosto llamaron a iniciar la consulta el día 3 de septiembre. Esto implicaría que la fecha de finalización debiera ser, a lo menos, el día 3 de marzo.

No obstante -continúa el Recurso- la entrega de información y difusión del proceso se inició recién en el mes de noviembre, lo que supondría retrasar todas las restantes fases, las que, por esto, debieran terminar en el mes de mayo.

Además el inciso 2 del artículo 9 del Reglamento del DS N° 66 establece que la consulta indígena debe realizarse presuponiendo la buena fe de ambas partes. Eso implica que debe entregárseles a las comunidades indígenas todos los medios y condiciones para intervenir en plano de igualdad ante su contraparte. Y en atención a esto, las comunidades responsables del Recurso solicitaron al Ministerio de Desarrollo Social la contratación de un asesor especialista en materias jurídicas que orientara la formulación de una contrapropuesta de articulado para la mentada Ley del Ministerio de Asuntos Indígenas. No obstante, a la fecha, no se ha dado ninguna respuesta a dicha solicitud.

Hasta el momento, la única respuesta recibida por las comunidades ha sido verbal y confirma la voluntad del gobierno de cerrar la consulta en este mes de enero. Por ello convocó a todas las comunidades indígenas a un encuentro nacional a celebrarse los días 30 y 31 de enero en la ciudad de Los Andes, sin oportunidad de que su propuesta pase por las fases de deliberación y discusión interna.

Ante esta situación, el documento del Recurso denuncia que el comportamiento del gobierno es arbitrario y contrario a la normativa sobre consultas indígenas.

Esta acción judicial se suma a otras acciones de rechazo a la forma en que el Ministerio de Desarrollo Social está conduciendo esta consulta. El sábado 23 de enero las comunidades indígenas de la Región de Arica y Parinacota hicieron entrega de una carta a la Presidencia de la República manifestando similares denuncias respecto a irregularidades en el proceso. La carta puede consultarse en este enlace. De igual forma, el concejal de Isla de Pascua, Mai Teao, denunció el martes pasado que el Ministerio de Desarrollo Social designó a los representates de su comunidad «a puertas cerradas», sin la participación de la comunidad.

El Recurso de Protección presentado por las comunidades de Santiago (N° Ing 4978 – 2015), que se adjunta, fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago debido a que, según el fallo, la demanda excede las materias que pueden reclamarse a través de este tipo de recursos. A pesar de ello, Marcela Lincovil, presidenta de la Asociación Indígena Kallfulikan, indicó que las tres asociaciones mapuche seguirían luchando para detener la finalización de la consulta. Para ello, se encuentran preparando un Recurso de Queja que presentarán a la Corte Suprema. Y si es necesario, Lincovil declaró que llevarán su demanda a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Para más información, contactar a

Marcela Lincovil
– Teléfono: 09 – 9827 7099

Samuel Melinao
– Teléfono: 09 – 9882 9744

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